Un paso adelante.¿Qué hay que saber antes de firmar un contrato de alquiler en Capital Federal?

  • 11 meses ago

¿Llegó el momento de firmar el contrato de alquiler? No te preocupes ni te estreses de más. Sabemos que este es un momento trascendental y estamos aquí para ayudarte a pasarlo lo mejor posible.

En este artículo te vamos a detallar todo lo que tenés que saber antes de firmar el contrato de alquiler de tu nuevo hogar.

Seguí leyendo y ¡enterate de todo!

¿Cuál es la diferencia entre un alquiler tradicional o uno temporario?

Si bien ambos tipos de alquileres están regulados por la misma reglamentación, el contrato del alquiler tradicional tiene un plazo mínimo de 3 años, mientras que los alquileres temporarios, como su nombre lo indica, pueden ser de días o de hasta 6 meses.

¿Cuánto se paga de comisión?

Para ingresar a un nuevo alquiler solamente te pueden exigir: 

  1. El adelanto del primer mes de alquiler.
  2. Un mes de alquiler en concepto de depósito, al valor del primer mes. 
  3. Una garantía entre las dos que vos ofrezcas (recibo de sueldo, etc.).
  4. Está prohibido el cobro de comisión inmobiliaria (Ley 5859, CABA), también de gastos de gestorías (redacción de contratos).

Si hay interés en una vivienda, ¿se seña?

Sí, en el caso de que te haya gustado la propiedad y estés seguro o segura de que es allí donde querés vivir, podés señar.

Tenés que hablar con el agente o propietario para que te diga cómo y cuánto costará realizar la seña o reserva del inmueble.

¿Qué es lo primero que un inquilino debe hacer al llegar a la vivienda?

Lo primero que debés hacer al ingresar a tu nueva vivienda es sacar fotos y tomar nota de todo lo que encuentres, sea bueno o malo, y enviárselo a la inmobiliaria o al propietario, según corresponda. 

Además, te sugerimos hacer un inventario (o pedirlo) para verificar qué está y qué falta.

¿Quién paga los arreglos y mantenimientos?

El propietario debe asegurar que el estado inicial del inmueble se mantenga durante toda la relación. 

Además, debe hacerse cargo de todas las reparaciones y arreglos por deterioros de cualquier tipo, originados por cualquier causa que no sea imputable al inquilino o inquilina.

 A vos, como inquilino, solo te tocan tareas de simple mantenimiento.

¿Es importante corroborar el estado de la vivienda antes de suscribir el contrato? 

Al momento de suscribir el contrato es importante verificar el estado de la propiedad. De esa manera se puede evitar ser sorprendido por desperfectos. 

Por lo tanto, se debe verificar y dejar constancia del estado del inmueble recordando que en un futuro, al momento de la finalización del contrato, deberá devolverse la propiedad en el estado en que la recibió tal cual se detalla en el contrato.

¿Quién paga las expensas?

A partir del 2022 está prohibido cobrar expensas extraordinarias a los inquilinos; estos solo tienen que abonar los gastos habituales, normales y permanentes del edificio.

¿Quién debe abonar AYSA? 

Corresponde que lo abone el propietario ya que es un servicio que grava la propiedad (según la ley 26.221).

¿Quién debe abonar el ABL? 

Con respecto a las cargas y contribuciones, el art. 1.209 del Código Civil y Comercial de la Nación, establece que los inquilinos no deberán abonar aquellas que graven la propiedad. 

En este sentido, la boleta de AGIP contempla dos conceptos: por un lado, el Impuesto Inmobiliario que grava la propiedad y, por lo tanto, corresponde que lo abone el propietario, y, por otro lado, la tasa de ABL, que debe ser abonada por el inquilino.

¿Qué pasa cuando se termina el contrato y se deja la vivienda?

Se cierra el contrato y, cuando corresponde, se recupera el depósito pautado.

¿Qué se necesita para alquilar?

Alquilar en la Ciudad de Buenos Aires es un programa accesible, con condiciones y requisitos simples. Aquí te los detallamos:

  • Tener más de 18 años.
  • Residir, trabajar o estudiar en la CABA.
  • Tener DNI o pasaporte vigente mientras dure el contrato de alquiler.
  • Comprobante de ingresos en donde se muestre que se percibe, mensualmente, un ingreso total familiar de entre 1 y 5 salarios mínimos vital y móvil.
  • No tener antecedentes financieros.
  • Presentar una garantía válida.
  • Garante o fiador (no siempre es solicitado).
  • Depósito (equivalente a un mes de alquiler).
  • Pago por adelantado del primer mes del alquiler.
  • Gastos de inmobiliaria (si corresponden).

¿Cada cuánto se actualiza el precio?

Los aumentos en el precio del alquiler, dentro de los 3 años de contrato, se dejan expresados en el mismo contrato, manifestando por año o semestre cuál será el precio mensual del alquiler. 

Tené en cuenta que no hay un tope legal en relación a los aumentos y los ajustes son a discreción de las partes. 

Además, no son válidas las cláusulas que dejen precios abiertos.

Registro de contratos en AFIP

La nueva ley establece la obligación de declarar los contratos ante AFIP. 

Esta recae sobre el propietario, con sanciones por incumplimiento. 

Una cuestión importante: el inquilino o inquilina puede, por su cuenta, informar la existencia del contrato a la AFIP.

La Garantía

El propietario o propietaria del inmueble no puede exigirte una garantía en particular, sino que tendrá que elegir una entre las dos que ofrezcas.

El tipo de garantía que podrás ofrecer es:

  • Título de propiedad inmueble. 
  • Aval bancario.
  • Seguro de caución. 
  • Garantía de fianza o fiador solidario. 
  • Garantía personal del locatario, que se documenta con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente.

Debés tener en cuenta que las publicidades inmobiliarias y la oferta de alquiler que especifique una o más garantías como condiciones de ingreso contradicen la norma. 

Es decisión del inquilino o inquilina qué garantías ofrecer.

Los Gastos

Gastos al firmar un contrato de alquiler

  • Comisión inmobiliaria
  • Depósito de garantía
  • Mes por adelantado

Gastos asociados al alquiler

  • La cuota mensual
  • Las expensas
  • Servicios

Otros gastos asociados

  • La mudanza
  • Gastos imprevistos

¿Se puede vender la propiedad mientras el contrato tiene vigencia? 

La vivienda puede ser vendida mientras se encuentre vigente el contrato de locación. En caso de suceder, el mismo subsiste a la venta y se deberá suscribir una adenda en razón de la modificación de la titularidad suscitada.

Firma del contrato

Leé detenidamente el contrato de alquiler antes de firmarlo y fijate especialmente en

las condiciones, los servicios que te ofrecen, el precio y la duración del mismo.

  • Te aconsejamos pedir una copia del contrato para poder analizarlo con detenimiento antes de firmarlo.
  • Cuando firmes el contrato, asegurate de que te entreguen una copia del Reglamento de Copropiedad del edificio y asesorate sobre las normas de

convivencia. Si no te las entregan, debe quedar expresado en el cuerpo del contrato.

Conclusión

Como habrás visto, te dimos un paso a paso detallado de todo lo que sucederá y necesitarás tener una vez que te hayas decidido por tu nuevo hogar. 

No es difícil, simplemente, hay que estar alerta a la hora de firmar el contrato y presentar toda la documentación que sea solicitada. Pero… siempre conociendo los derechos que tenemos.

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