Garantías y cauciónGarantías para alquilar

  • 1 año ago

La garantía es uno de los requisitos que debe cumplir el inquilino a la hora de alquilar un inmueble.

Generalmente, se solicita un aval de una propiedad de terceros, por lo que los inquilinos pasan a solicitarla a familiares o amigos.

En el caso de no contar con esa posibilidad de que puedan salir de garantes, se puede contar con un seguro de caución

En este posteo te contamos en qué consisten y qué tener en cuenta. Seguí leyendo.

¿Qué tipos de garantías se pueden solicitar para firmar un contrato de alquiler? 

Si se requiere, conforme el artículo 13 de la Ley 27.551, el propietario debe proponer al inquilino al menos dos de las siguientes garantías: 

  • Título de propiedad inmueble;
  • Aval bancario;
  • Seguro de caución; 
  • Garantía de fianza o fiador solidario; 
  • Garantía personal del locatario, que se documenta con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente. 

El propietario no puede requerir una garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo que se trate del supuesto previsto en el inciso e) de la ley de alquileres, en el cual puede elevarse dicho valor hasta un máximo de diez veces. 

Bajo tales condiciones, el propietario debe aceptar una de las garantías propuestas por el inquilino.

¿Qué es y cómo se accede a un seguro de caución?

Es un tipo de garantía emitida por una compañía de seguros, que responderá ante el propietario frente a eventuales incumplimientos del inquilino. 

Actualmente, se encuentra disponible la inscripción al programa Garantía Más Fácil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un programa que facilita el acceso a seguros de caución de diferentes compañías. 
Además, en caso de ser seleccionado, desde el Instituto de Vivienda de la Ciudad se ofrece hasta un 70 % de bonificación en el costo del seguro.

¿Cuáles son las ventajas del seguro de caución?

  • Es mucho más eficiente y rápido que otras alternativas. 
  • Se ejecuta en un plazo de pocos meses, a diferencia de las garantías propietarias que requieren largos procesos judiciales para ser ejecutadas.
  • El propietario se exime de hacer frente a gran parte de los trámites legales, ya que la aseguradora le brinda asistencia jurídica durante el proceso de desalojo.

¿Cuánto cuesta el seguro de caución?

Las principales aseguradoras que existen en el mercado cobran al inquilino entre 1, 5 y 2 meses de alquiler, en un único pago a realizarse antes de la firma del contrato.

Sin embargo, esto dependerá de cada aseguradora.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a un seguro de caución?

  1. Demostrar ingresos y estabilidad laboral que, como mínimo, duplique el valor del alquiler.
  2. DNI

Importante: En caso de no contar con ingresos suficientes o que no estén registrados, algunas empresas permiten la presentación de un co-solicitante para completar los requisitos. 

Otras, en tanto, lo exigen como un requisito más para contratar el seguro, independientemente de los ingresos presentados.

¿Cuánto me pueden cobrar en concepto de depósito? 

No se podrá exigir, en concepto de depósito, un importe mayor al equivalente al primer mes de alquiler. 

El mismo será devuelto al momento de la finalización del contrato, actualizado al valor del último mes de alquiler. Esto se aplica a los contratos celebrados con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 27.551.

¿Cuáles son los gastos iniciales que debe afrontar el inquilino?

Al momento de alquilar, el propietario o propietaria podrá requerir:

  • Hasta 1 mes en concepto de depósito al valor del primer mes de alquiler.
  • Hasta 1 mes adelantado por el valor del primer mes de alquiler.
  • En el caso de que se presente una garantía personal de un tercero, se deberá abonar el arancel de los informes, que se podrá verificar en la página del Registro de Propiedad Inmueble. Se debe tener en cuenta que solo le podrán requerir el valor propio del arancel y no el valor de gestoría, el cual se encuentra prohibido por Ley 5859/17 CABA.

Certificaciones de firmas, a pesar de no ser un requisito para la validez del contrato de locación dependerá de lo pactado entre las partes. Podés leer un poco más sobre esto en el artículo Sellado de un contrato de alquiler en Capital Federal.

Conclusión

Ahora sabés cuáles son las garantías que podés presentar a la hora de alquilar y qué hacer en caso de que no cuentes con un garante: un seguro de caución.

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